La subdelegada Herreros ha resaltado que los sectores más beneficiados son el Comercio, la Hostelería y la Construcción
Calatrava Digital.- 15.063 autónomos de Ciudad Real cobrarán a partir de hoy la prestación extraordinaria para autónomos impulsada para hacer frente a la crisis provocada por el COVID-19.
Esta medida, aprobada en el Real Decreto-ley 8/2020 de 17 de marzo dentro de la situación del estado de alarma, implica una ayuda de una cuantía de, como mínimo, 661 euros mensuales “que corresponde al equivalente al 70% de la base reguladora y, además, supone que estarán exentos del pago de cuotas a la Seguridad Social de forma temporal”, ha subrayado la subdelegada del Gobierno de España en Ciudad Real , María Ángeles Herreros.
Además ha destacado que supone una importante ayuda “a autónomos de esta provincia, especialmente en sectores como la Hostelería, el Comercio o la Construcción”.
El objetivo de esta prestación, ha recordado, “es proteger la reducción o falta de ingresos de los autónomos y autónomas en la situación excepcional provocada por la COVID-19”.
Los beneficiarios de Ciudad Real forman parte de los 1,4 millones de autónomos que empezarán a percibir esta semana la prestación extraordinaria, por un importe global previsto para el pago de unos 1.200 millones de euros, que sumados a los desembolsados los pasados 17 y 30 de abril, suponen alrededor de 2.500 millones de euros en prestaciones.
A fecha 26 de mayo, hay 1.412.605 autónomos con esta prestación concedida, el 94,62% de los 1.492.768 trabajadores por cuenta propia que la han solicitado.
Beneficiarios
Para acceder a esta prestación, el trabajador o trabajadora por cuenta propia debe estar inscrito en el régimen de la Seguridad Social correspondiente. El requisito es verse afectado por el cierre del negocio debido a la declaración del estado de alarma o haber sufrido una merma del 75% en la facturación del mes natural anterior a la fecha de la solicitud.
Para acreditar la pérdida de ingresos, el solicitante debe aportar la información contable que lo justifique. Para ello podrá presentar desde la copia del libro de registro de facturas emitidas y recibidas, el libro diario de ingresos y gastos, el libro registro de ventas e ingresos, hasta el libro de compras y gastos. Si no está obligado a llevar esa documentación de contabilidad, valdrá cualquier medio de prueba admitido en derecho, como el taxímetro en el caso de los taxistas.
El trámite se debe realizar a través de las mutuas colaboradoras de la Seguridad Social y no se requiere periodo mínimo de cotización. Además, es compatible con cualquier otra prestación de la Seguridad Social que el solicitante viniera percibiendo y fuera compatible con el desempeño de la actividad que desarrollaba.
La Tesorería General de la Seguridad Social ya ha devuelto la parte correspondiente de la cuota de marzo de 1.028.016 autónomos y autónomas a los que se les concedió la prestación después de haber pasado la orden de cobro. El importe de la devolución asciende a 169,06 millones de euros.