Calatrava Digital.- La Consejería de Desarrollo Sostenible, a través de la Dirección General de Transición Energética, ha publicado en el Diario Oficial de Castilla La Mancha (DOCM) la autorización administrativa previa y autorización administrativa de la instalación solar fotovoltaica denominada “Almagro Sol”.
A continuación, se detallan los principales aspectos de esta autorización:
- Titular de la instalación: La empresa “Artemisa Fotovoltaica, SL”, con domicilio social en Motilla del Palancar, Cuenca, es la responsable de la instalación fotovoltaica.
- Proyecto: Se trata de un proyecto básico de una planta solar fotovoltaica con seguidores solares y sistema de evacuación (CPM y LSMT). Tendrá una capacidad de generación de 4,89 MW y estará ubicada en las Parcelas 189, 193 y 194 del polígono 41 del término municipal de Almagro. La superficie vallada de la planta será de 13,2296 hectáreas.
- Características técnicas: La instalación contará con dos transformadores, uno de 3100kVA 15kV/615V y otro de 2100kVA, formando dos estaciones. Estas estaciones estarán conectadas entre sí y con el centro de protección y medida de la planta mediante una línea subterránea de media tensión de 15kV de simple circuito, con una longitud de 600 metros.
- Presupuesto: El presupuesto estimado para la ejecución de la instalación es de 2.469.913,14 euros.
- Finalidad: La finalidad de la planta solar fotovoltaica “Almagro Sol” será la producción de energía eléctrica mediante generación fotovoltaica y su vertido a la red de distribución en 15 kV.
Durante el período de información pública, no se han recibido alegaciones de entidades o personas diferentes a las que han sido consultadas. Tras cumplir con los trámites reglamentarios y analizar la documentación presentada, se ha otorgado a Artemisa Fotovoltaica, SL la autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de las instalaciones eléctricas de referencia.
Se ha concedido un plazo de dos años para la ejecución del proyecto, contado a partir de la fecha de la presente resolución. No obstante, dicho plazo podrá ser ampliado previa solicitud motivada del titular.